Reglamento Federación Venezolana de Bowling - Vigencia 2011

(Aprobado el 24 de Enero del 2011, con vigencia a partir del 25 de Enero del 2011)

CAPITULO I

GENERALIDADES

ARTICULO 1º: De conformidad con lo previsto en el Estatutos de la F.V.B., el presente Reglamento contiene normas y procedimientos que deberán cumplirse estrictamente en todas las competencias de Bowling, organizadas o auspiciadas por la F.V.B. y sus Entidades afiliadas, para que puedan ser reconocidas y válidas oficialmente.

CAPITULO II

DE LA AFILIACIÓN DE LOS JUGADORES(AS)

ARTICULO 2º: Todo jugador(a) que desee ser miembro de la F.V.B. deberá solicitar su afiliación ante la Asociación respectiva; allí le será entregado un formulario (ficha), el cual deberá ser llenado y remitido por la Asociación a la F.V.B. de acuerdo a lo establecido en los siguientes artículos de este Reglamento.

ARTICULO 3º: De conformidad con lo previsto en los Estatutos de la F.V.B. las fichas y carnets nacionales se regirán por el presente Reglamento.

ARTICULO 4º: Todo jugador(a) afiliado a la F.V.B. deberá estar fichado y poseer su carnet de jugador(a).

ARTICULO 5º: Todo jugador(a) afiliado a la F.V.B. queda sujeto a observar y cumplir estrictamente con la Ley del Deporte y su Reglamento, con los Estatutos y Reglamento de la F.V.B. y de las Asociaciones, los de la Federation Internationale Des Quilleurs (F.I.Q.) – World Tenpin Bowling Associations (W.T.B.A.), los del I.N.D., con el Estatuto del Aficionado y con las Resoluciones que emanen de la Junta Directiva de la F.V.B. o de la Asamblea Nacional.

ARTICULO 6º: La Junta Directiva de la F.V.B. elaborará y remitirá a las Asociaciones formularios denominados Ficha Nacional, contentiva de casillas para registrar los datos personales y actuaciones deportivas de cada jugador(a).

ARTICULO 7º: Cada Asociación distribuirá dos (2) formularios (fichas) a cada uno de sus jugadores(as) para que los llenen, de preferencia a máquina o letra de imprenta, le anexen cuatro (4) fotografías de frente 3 x 3 (tamaño carnet) y la devuelvan a la brevedad posible.

ARTICULO 8º: Cada Asociación es responsable del pronto envío a la Junta Directiva de la F.V.B., de todos los formularios debidamente llenados y en regla, para los asientos en el registro correspondiente. Igualmente, con dichos formularios (fichas) debe anexarse el valor señalado en la Tabla de Cotizaciones por derecho de las mismas, sin cuyo requisito la F.V.B. no dará curso a la legalización.

ARTICULO 9º: Los Formularios (fichas) deberán contener la firma autógrafa del Presidente de la Asociación correspondiente, la firma autógrafa del jugador(a) y el sello de la Asociación respectiva.

ARTICULO 10º: La Junta Directiva de la F.V.B. registrará las Fichas Nacionales que estuviesen en orden y devolverá una a las Asociaciones, para los fines de archivo y control de las actuaciones de los jugadores(as), debidamente firmada por el Presidente de la F.V.B.

ARTICULO 11º: Tanto la Junta Directiva de la F.V.B. como las de las Asociaciones llevarán registros computarizados y/o asentarán en las fichas nacionales, según le corresponda, de las actuaciones deportivas locales, regionales, nacionales e internacionales de los jugadores(as), sin omitir datos referentes a fechas, números de partidos, promedios, ascensos o reclasificaciones de categoría, transferencias, sanciones, etc.

ARTICULO 12º: La Junta Directiva de la F.V.B. o de la Asociación, invalidará la Ficha Nacional que contenga datos falsos y sancionará al responsable.

ARTICULO 13º: Cuando un jugador(a) deseare su transferencia de una Asociación a otra, deberá solicitarla por escrito a la Junta Directiva de la Asociación a que pertenezca y cancelar la cuota señalada en la Tabla de Cotizaciones, de la cual el cincuenta por ciento (50%) será para la F.V.B. y el 50% para la Asociación que otorga la transferencia. Dicha solicitud deberá ser presentada por el propio jugador(a) o por una persona debidamente autorizada por escrito, acompañada de copia de la cédula de identidad.

La Asociación de origen está en la obligación de recibir las solicitudes de traslado y de remitir a la F.V.B. la Ficha Nacional del jugador(a), copia de la solicitud de transferencia aprobada y el monto de la cuota correspondiente, en un lapso no mayor de diez (10) días hábiles, salvo que el jugador(a) esté cumpliendo sanción o se encuentre insolvente, en cuyo caso la transferencia no será tramitada lo cual deberá ser informado al jugador(a), a la FVB y a la Asociación de destino, en el mismo lapso previsto.

Si la Asociación de origen no cumpliere con dicha notificación en caso de sanción o insolvencia o simplemente no le diera curso a la solicitud de transferencia hecha por el jugador(a) en cuestión en el plazo establecido en este Artículo, por cualquier circunstancia, se considerará la transferencia como concedida y éste (a) podrá presentarse en la Asociación de destino con la carta de solicitud de la misma, debidamente firmada y fechada por la persona receptora de la Asociación de origen.

En el caso que la Asociación negare o pospusiere la transferencia y el jugador(a) estima que los motivos que se alegan no son suficientemente válidos y/o legales, podrá recurrir por escrito directamente a la F.V.B. para que la misma medie, resuelva o se pronuncie sobre su situación.

Las transferencias son de obligatoria aceptación por parte de la Asociación de destino.

ARTICULO 14º: Los jugadores(a) transferidos de una Asociación a otra, no podrán solicitar nueva transferencia a la asociación de origen en un lapso inferior a seis (6) meses. De lo contrario, el jugador(a) que deseare su transferencia en un plazo menor deberá cancelar una tarifa especial, según lo establecido en la Tabla de Cotizaciones de la F.V.B., la cual será distribuida en la misma forma como lo estipula el Articulo anterior.

ARTICULO 15º: Al recibir la solicitud de transferencia del jugador(a), a través de la Asociación correspondiente, la Junta Directiva de la F.V.B. hará los trámites necesarios entre las respectivas Asociaciones.

ARTICULO 16º: La Junta Directiva de la F.V.B otorgará un carnet a cada jugador(a) debidamente fichado, el cual tendrá carácter nacional y cumplirá con el objeto de identificar al jugador(a) como miembro federado de la disciplina.

ARTICULO 17º: El carnet nacional permitirá a su poseedor participar en competencias oficiales internas de cualquier Asociación sin necesidad de tramitar su transferencia, siempre y cuando sea previamente aprobada por escrito por las Asociaciones involucradas. Se limita esta condición de transeúnte a seis (6) meses como máximo.

ARTICULO 18º: La Asociación cobrará al jugador(a) en tránsito, además de los derechos de inscripción estipulados en las condiciones de la competencia, la cantidad señalada en la Tabla de Cotizaciones, por derecho de tramitación de sus resultados numéricos a la Asociación a la cual pertenece.

ARTICULO 19º: El carnet de jugador(a) sólo podrá ser renovado en caso de pérdida o deterioro, para lo cual el jugador(a) deberá hacer la respectiva tramitación por órgano de la Asociación a la que esté afiliado y cancelar la cantidad señalada en la Tabla de Cotizaciones; dicha cantidad deberá ser remitida a la F.V.B. junto con la solicitud.

ARTICULO 20º: Cada jugador(a) deberá cancelar anualmente a la Federación, la cantidad que establezca la Tabla de Cotizaciones. Las Asociaciones podrán exigir la cancelación de una cuota anual o mensual a sus afiliados la cual fijarán unilateralmente. Las Ligas afiliadas también podrán exigir a sus jugadores(as) la cancelación de una cuota anual o mensual la cual será establecida por ellas, previamente autorizadas por su respectiva Asociación.

CAPITULO III

DE LOS UNIFORMES, EMBLEMAS Y DISTINTIVOS

ARTICULO 21º: Todo jugador(a) que participe en competencias nacionales o regionales, deberá portar el uniforme (camisa o franela con cuello) que debe ser igual a los otros que conformen un mismo equipo, tanto en forma, color y distintivos. El Emblema Oficial de la F.V.B. es de uso obligatorio en la manga de la camisa o franela del uniforme en todas las competencias oficiales de la F.V.B.

ARTICULO 22º: La F.V.B., Asociaciones, Ligas y Clubes elegirán sus uniformes oficiales de competencia. Su uso es obligatorio para todos sus afiliados cuando representen a la Entidad.

ARTICULO 23º: Los jugadores(as) deberán usar uniforme apropiado para competencias oficiales de bowling, tales como camisa o franela con cuello y mangas, pantalón corriente o de mono deportivo. Las damas podrán utilizar también falda o bermuda. Se prohibe el uso de malla de ejercicio, short, licra, gorra y sombreros.

ARTICULO 24º: Se prohibe el uso sin autorización de la F.V.B. de los uniformes oficiales de las delegaciones deportivas de Venezuela, de la Selección Nacional de Bowling o de otra disciplina deportiva y de cualquier uniforme, camisa o franela con los símbolos patrios (Escudo y/o Bandera Nacional). Igualmente, se prohibe utilizar cualquier vestimenta que identifique a otros países, mientras se participe en competencias nacionales oficiales, incluyendo los Torneos de Selección Nacional.

ARTICULO 25º: La Junta Directiva de la F.V.B. creará y determinará las premiaciones y distintivos que otorgará a las más destacadas actuaciones dentro del Bowling Nacional, como estímulo deportivo y en reconocimiento al mérito alcanzado por los jugadores(as) afiliados(as), en competencias oficiales nacionales e internacionales.

ARTICULO 26º: Sé prohibe a las Asociaciones otorgar premiaciones con distintivos o emblemas iguales o similares a los de la F.V.B., para premiar actuaciones deportivas destacadas de sus jugadores(as).

CAPITULO IV

DE LA CLASIFICACION DE LOS JUGADORES(AS).

ARTICULO 27º: La clasificación Nacional de jugadores(as), de conformidad con los Estatutos de la F.V.B., se regirá por el presente Reglamento.

ARTICULO 28º: Los jugadores(as) serán clasificados en Divisiones y Categorías de acuerdo a sus edades y los promedios de juegos que realicen en Competencias Oficiales de acuerdo a lo contemplado en el próximo Artículo de este Reglamento.

ARTICULO 29º: Los jugadores(as) serán clasificados de la siguiente manera:

a) DIVISION MAYOR:

Estará integrada por jugadores(as) que estén ubicados en las siguientes categorías:

1) Primera Categoría:

Estará integrada por los jugadores(as) que hubieren alcanzado un promedio igual o superior a 192 para el Masculino y 180 para el Femenino, en el lapso y condiciones estipulados en el Artículo No 31 del presente Reglamento.

2) Segunda Categoría:

Estará integrada por jugadores(as) cuyo promedio sea menor de 192 para el Masculino y de 180 para el Femenino.

b) DIVISION MENOR: CATEGORIA JUVENIL

Estará integrada por jugadores(as) cuyas edades estén comprendidas así:

1) Categoría Sub-12:

Hasta los Once (11) años y trescientos sesenta y cuatro (364) días el 1ro. de Enero del año de la competencia.

2) Categoría Sub-16:

Hasta los Quince (15) años y trescientos sesenta y cuatro (364) días el 1ro. de Enero del año de la competencia.

3) Categoría Sub-20:

Hasta los Diecinueve (19) años y trescientos sesenta y cuatro (364) días el 1ro. de Enero del año de la competencia.

c) DIVISION SENIOR:

Estará integrada por jugadores(as) cuya edad sea igual o superior a: cincuenta (50) años tanto para el Femenino como el Masculino.

d) DIVISIÓN SÚPER SÉNIOR:

Estará integrada por jugadores(as) cuya edad sea igual o superior a: sesenta (60) años tanto para el Femenino como el Masculino.

Las edades arriba estipuladas se tomarán en cuenta para el día 1º de Enero del año de la realización del Torneo, salvo que nuevas resoluciones aprobadas por la F.I.Q.-W.T.B.A. determinen otra cosa.

ARTICULO 30º: Los nuevos afiliados ingresarán todos en 2ª Categoría, excepción de los jugadores(as) extranjeros cuyos casos sean suficientemente comprobados por la Comisión Técnica de la F.V.B., de forma que se determine su ingreso directo a la máxima categoría.

ARTICULO 31º: Todo jugador(a) de segunda categoría, de todas las Divisiones (Mayor, Menor Sénior y Súper Sénior), que obtenga un promedio igual o superior a 192 para el Masculino y 180 para el Femenino en los últimos 58 juegos continuos programados en Torneos y Campeonatos Nacionales Oficiales, será ascendido inmediatamente por la F.V.B. a la primera categoría, Se tomarán en cuenta para el cálculo del promedio exigido, la totalidad de los juegos realizados por el jugador(a) en los torneos computados.

Para optar al correspondiente ascenso, el jugador(a) deberá culminar el Torneo y/o Campeonato Nacional, así hubiere completado las 58 líneas exigidas en el presente artículo, incluyendo su participación en la Final Individual o Final de Maestros, en caso de haber clasificado, a excepción del Torneo de Selección Nacional en el cual se tomara todas las etapas (fases programadas) como Torneo jugado. Si por cualquier circunstancia el jugador(a) se retira antes de finalizar el torneo, deberá optar al ascenso en un próximo evento, aunque esto implique realizar una mayor cantidad de líneas a las previamente exigidas.

ARTICULO 32º: El jugador(a) que tuviera al menos cuatro (4) años de inactividad comprobada o que considere que su calidad de juego haya desmejorado notablemente por su actuación en Torneos o Campeonatos Nacionales, podrá realizar la solicitud de descenso a la Junta Directiva de la F.V.B., a través de su respectiva Asociación, la cual será debidamente analizada para determinar su procedencia.

ARTICULO 33º: Cuando por circunstancias muy especiales una Asociación solicite a la F.V.B. la autorización para que un jugador(a) compita en un Torneo Nacional en una Categoría superior a la suya, debe regirse por las siguientes condiciones:

Su promedio se tomará en cuenta para los efectos de ascenso de Categoría como si lo hubiera realizado en la Categoría a que pertenece.

Enviar la solicitud a la F.V.B. a más tardar el día de cierre de las inscripciones del torneo, con copia al ente organizador, especificando en dicha solicitud las condiciones especiales que ameriten dicha autorización.

Se limita la autorización a un máximo de cincuenta por ciento (50%) de los jugadores de un equipo en un torneo especifico, salvo en los equipos oficiales de las Entidades en cuyo caso se podrá considerar la excepción correspondiente.

La puntuación o pines derribados de los jugadores(as) permisados(as) tendrá validez para todas las modalidades programadas para ese torneo oficial, excepto para participar en las modalidades Final Individual y Final de Maestros (Round Robin o Cascada), aunque hubiere clasificado.

En ningún caso la F.V.B. otorgará este tipo de autorización para participar en Campeonatos Nacionales o en un mismo Torneo Nacional, aunque éste se realice en fechas separadas por categoría.

ARTICULO 34º: Tanto la Junta Directiva de la F.V.B. como la de las Asociaciones y Ligas, están en la obligación de llevar un registro actualizado de las categorías a que pertenecen los jugadores(as), así como el movimiento de ascensos, reclasificaciones, transferencias, etc. de los mismos.

ARTICULO 35º: En caso de duda sobre la categoría a la que pertenece el jugador(a), la Asociación respectiva debe consultar a la Junta Directiva de la F.V.B.

CAPITULO V

DE LA PRESELECCION NACIONAL

ARTICULO 36º: La Preselección Nacional estará conformada por un máximo de cuarenta y dos (42) jugadores en el masculino y treinta (30) jugadoras en el femenino, quienes hubieren cumplido con la totalidad de los requisitos previstos en el punto número 1 y punto número 2, tal como se indica a continuación:

1. REQUISITOS (Todos):

1.1. Ser venezolano.

1.2. Estar inscrito en la F.V.B.

1.3. Estar solvente con la F.V.B., Asociación, Liga o Club, en cuanto a la cancelación de inscripciones en eventos Nacionales, Regionales y/o locales y la cancelación de las respectivas anualidades.

1.4. Haber participado en un (1) Torneo Nacional en el año calendario (Enero – Diciembre) previo al Torneo de Pre Selección Nacional.

1.5. No estar cumpliendo sanción disciplinaria.

2. Conformación Preselección Nacional:

2.1. Estar ubicado entre los veinticuatro (24) primeros lugares del Ranking Nacional para el masculino y los dieciséis (16) primeros lugares para el femenino, al 31 de Diciembre del año previo al Torneo de Selección Nacional.

2.2. Estar ubicado entre los doce (12) primeros lugares para el masculino y entre los ocho (8) primeros lugares para el femenino del Torneo de Pre Selección Nacional. El cual se realizará una vez que finalice el último torneo de primera categoría del año en curso y en el cual podrán participar los jugadores(as) pertenecientes a las distintas categorías de la F.V.B., (Primera, Segunda, Juvenil Sénior y Súper Sénior), siempre y cuando cumplan con los requisitos expuestos en el punto 1 de este artículo.

2.3. La Comisión Técnica de la F.V.B. se reserva seis (6) cupos de la Preselección Nacional, tanto en el masculino como en el femenino. Las asociaciones podrán suministrar a la Comisión Técnica de la F.V.B., el listado de los jugadores(as) a ser considerados para estos cupos.

Parágrafo 1:

El Torneo de Selección Nacional otorgará puntos para el Ranking de Pre Selección Nacional a los primeros veinticuatro (24) lugares en el masculino y a los primeros dieciséis (16) lugares en el femenino que completen la totalidad de las líneas programadas para dicho evento.

Parágrafo 2:

El Ranking de Pre Selección Nacional, vence el 31 de diciembre de cada año, luego de ser utilizado para la estructuración de la Preselección Nacional del año calendario siguiente.

DE LA SELECCIÓN NACIONAL

ARTICULO 37º: La Selección Nacional será y estará estructurada por jugadores(as) de la Pre Selección Nacional y se conformará para representar a Venezuela en determinadas competencias internacionales, de acuerdo a las condiciones establecidas para cada una de ellas. En los casos en que determinados eventos internacionales sean para jugadores(as) de otra Categoría de cualquier División, al término de la Selección Nacional deberá agregársele al final del mismo la palabra específica que denomina esa otra Categoría.

La Comisión Técnica de la F.V.B. conjuntamente con el Entrenador Nacional, estará encargada de la normativa y reglamento para la conformación de la Selección Nacional.

ARTICULO 38º: De acuerdo con los Estatutos de la F.V.B., la selección de los jugadores(as) que habrán de participar en competencias internacionales en representación de Venezuela se regirá por este Reglamento.

ARTICULO 39º: Cualquier jugador(a) que sea seleccionado para representar a Venezuela en competencias internacionales deberá cumplir con todas las disposiciones establecidas el Estatuto de la F.V.B., este Reglamento y cualquier otra reglamentación, resoluciones o instrucciones emanadas de la F.V.B.

ARTICULO 40º: La Junta Directiva de la F.V.B., elaborará el Programa Oficial y Calendario para cada Clasificatorio de Pre Selección Nacional y de Selección Nacional. El Torneo de Selección Nacional podrá coincidir con los Campeonatos Nacionales, en los casos que así lo establezca la Junta Directiva de la F.V.B.

ARTICULO 41º: Los Torneos de Selección Nacional podrán ser programados por divisiones separadas en diferentes fechas y Centros de Bowling.

ARTICULO 42º: Los gastos de transporte, alojamiento y alimentación que ocasione el traslado de los jugadores(as) al lugar señalado por la Junta Directiva de la F.V.B. para realizar el Torneo de Selección Nacional, correrán por cuenta de los propios jugadores(as), de la respectiva Asociación o del Patrocinante, según los convenios a que hubiesen llegado.

ARTICULO 43º: Los gastos que ocasione el uso de las canchas serán cubiertos por la F.V.B.

ARTICULO 44º: Los gastos de pasaporte y cualquier otra erogación de tipo personal que se requieran para asistir en representación oficial de Venezuela al exterior, serán cubiertos por los propios jugadores(as). La F.V.B. proporcionará los soportes correspondientes para la obtención de la documentación necesaria por parte de los jugadores(as).

ARTICULO 45º: Los gastos de uniformes, transporte, alojamiento y viáticos de los Capitanes(as), Entrenadores(as), Delegados(as) y Jugadores(as) que representen a Venezuela en competencias internacionales, correrán por cuenta de la F.V.B. siempre y cuando las disponibilidades financieras, subsidios del I.N.D., donaciones públicas o privadas así lo permitan. Se exceptuarán aquellas competencias de carácter olímpico que son cubiertas en su totalidad o en gran parte por el I.N.D. y/o el Comité Olímpico Venezolano.

ARTICULO 46º: Los gastos de alojamiento de los Capitanes(as), Entrenadores(as), Delegados(as) y Jugadores(as), cuando una competencia internacional se realice en Venezuela y éstos residan fuera de la sede oficial del Campeonato, serán costeados por la F.V.B. o por el Comité Organizador de los Juegos, de acuerdo con los costos existentes en la localidad correspondiente, o serán alojados en las instalaciones destinen para los atletas, dirigentes o personal técnico, según sea el caso.

ARTICULO 47º: La F.V.B. notificará al Comité Olímpico Venezolano y al I.N.D., el número y nombre de los jugadores(as) seleccionados y los demás integrantes de la Delegación que representará a Venezuela en cualquier competencia internacional a la que ésta deba asistir.

ARTICULO 48º: La F.V.B. notificará a todas las Asociaciones el nombre de los jugadores(as) de la Selección Nacional y los demás integrantes que conforman la Delegación de Venezuela que participará en cualquier competencia internacional.

ARTICULO 49º: La Junta Directiva de la F.V.B. se reserva el derecho de organizar Torneos de Clasificación Nacional en las modalidades y número de juegos que estime convenientes, cuando se trate de asistir a competencias internacionales oficiales, no oficiales o de otras divisiones de mayores, menores o sénior.

ARTICULO 50º: La Junta Directiva de la F.V.B nombrará a los Delegados(as), Entrenadores(as) o Capitanes(as) de las Selecciones Nacionales, según la conveniencia o necesidad, quienes deberán tener suficientes conocimientos técnicos y la experiencia correspondiente, así como participar ampliamente en la organización y supervisión de las actividades relacionadas con el entrenamiento y la competencia, según sea el caso, además de la obligación de presentar el Informe Post Competencia en un máximo de diez (10) días continuos posteriores a la finalización del evento en cuestión.

ARTICULO 51º: La estructuración de las Delegaciones Nacionales a Competencias Internacionales se realizará según el evento de que se trate, de acuerdo a los resultados del Torneo de Selección Nacional.

ARTICULO 52º: En el caso excepcional de que no se pueda convocar a un Torneo de Selección Nacional en un año específico, La Comisión Técnica de la F.V.B. conjuntamente con el entrenador nacional estarán encargados de la estructuración de la nueva Selección Nacional, exclusivamente en base al Torneo de Selección Nacional del año inmediatamente anterior, excepción del Campeonato Suramericano de Clubes al cual se enviará a la Asociación designada como Entidad del Año inmediato anterior.

ARTICULO 53º: La Junta Directiva de la F.V.B. podrá desistir de concurrir a determinadas Competencias Internacionales, aún con la respectiva Selección Nacional estructurada, debido a limitaciones en los recursos financieros disponibles por falta o insuficiencia en la asignación presupuestaria del subsidio económico oficial, en el aporte de los entes creados para el desarrollo del Bowling Nacional y en las donaciones de los organismos públicos y privados; o por problemas de tipo estructural o cambiario en la economía del País; o por razones importantes de otra índole.

RANKING DE PRE SELECCIÓN NACIONAL Y JUGADOR(A) DEL AÑO

ARTICULO 54º: Serán aquellos en el cual los jugadores(as) de 1ª categoría se incluyan mediante la acumulación de puntos y se utilizará para determinar los veinticuatro (24) jugadores y las dieciséis (16) jugadoras que conformarán la Preselección Nacional, y de igual manera, se utilizará para determinar el Jugador(a) del Año, de la siguiente manera:

1) Ranking de Preselección Nacional:

Será aquel en el cual los jugadores(as) de 1ª categoría se incluyan mediante la acumulación de puntos, única y exclusivamente, en las líneas programadas para el todo evento en los diferentes Torneos Nacionales Oficiales, el Campeonato Nacional de 1ª categoría y Campeonato de Selección Nacional.

La puntuación que se tomará en cuenta para el Ranking de Preselección Nacional será la siguiente:

RANKING DE PRE SELECCIÓN NACIONAL FEMENINO 100%

Eventos / Posición

10º

11º

12º

13º

14º

15º

16º

Campeonatos Nacionales, Torneos Nacionales y

Torneo de Selección Nacional

80

75

70

65

60

55

50

45

40

35

30

25

20

15

10

5

RANKING DE PRE SELECCIÓN NACIONAL MASCULINO 100%

Eventos / Posición

10º

11º

12º

Campeonatos Nacionales, Torneos Nacionales y

Torneo de Selección Nacional

120

115

110

105

110

95

90

85

80

75

70

65

Eventos / Posición

13º

14º

15º

16º

17º

18º

19º

20º

21º

22º

23º

24º

Campeonatos Nacionales, Torneos Nacionales y

Torneo de Selección Nacional

60

55

50

45

40

35

30

25

20

15

10

5

2) Ranking de Jugador(a) del Año:

Será aquel en el cual los jugadores(as) de 1ª categoría se incluyan mediante la acumulación de puntos, los cuales se obtienen en los diferentes Torneos Nacionales Oficiales, el Campeonato Nacional de 1ª categoría, El Campeonato de Selección Nacional y las Competencias Internacionales Oficiales en las cuales participen, según las actuaciones individuales de cada jugador(a) después de jugadas las modalidades de Todo Evento y Final de Maestros (Round Robin o Cascada).

La puntuación que se tomará en cuenta para el Ranking de Jugador(a) del Año será la siguiente:

RANKING DE JUGADOR(A) DEL AÑO 100%

Eventos / Posición

10º

11º

12º

13º

14º

15º

16º

Torneos Nacionales

25

21

18

16

14

12

10

9

8

7

6

5

4

3

2

1

Juegos Bolivarianos (ODEBO)

25

21

18

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Torneo de las Américas

25

21

18

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Torneo de Campeones

36

32

28

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Centroamericano y del Caribe (CONCECABOL)

25

21

18

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Suramericano, Juegos Suramericanos (ODESUR)

28

24

21

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Juegos Panamericanos (ODEPA)

30

25

20

15

10

5

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Americano F.I.Q., Copa Mundial AMF, Juegos Mundiales

50

42

36

32

28

24

20

18

X

X

X

X

X

X

X

X

Juegos Centroamericanos (ODECABE)

36

32

28

24

20

16

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonatos Nacionales F.V.B. y

Torneo de Selección Nacional

50

42

36

32

28

24

20

18

16

14

12

10

8

6

4

2

Campeonatos Mundiales F.I.Q.-WTBA

80

75

70

65

60

55

50

45

40

35

30

25

20

15

10

5

En los Torneos y/o Campeonatos Nacionales e Internacionales Oficiales en los cuales se juegue la Final de Maestros mediante un Round Robin o Cascada y los jugadores(as) obtengan figuración en ambas modalidades, Todo Evento y Final de Maestros, se le computarán los puntos obtenidos en una sola de esas modalidades, la que le resulte más favorable al jugador(a). En la modalidad Todo Evento, solo obtendrán el 75% de la puntuación de la tabla del Ranking Nacional, según se especifica a continuación:

TODO EVENTO 75%

Eventos / Posición

10º

11º

12º

13º

14º

15º

16º

Torneos Nacionales

18.75

15.75

13.5

12

10.5

9

7.5

6.75

6

5.25

4.5

3.75

3

2.25

1.5

0.75

Juegos Bolivarianos (ODEBO)

18,75

15.75

13.5

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Torneo de las Américas

18,75

15.75

13.5

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Torneo de Campeones

27

24

21

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Centroamericano (CONCECABOL)

18,75

15.75

13.5

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Suramericano, Juegos Suramericanos (ODESUR)

21

18

15,75

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Juegos Panamericanos (ODEPA)

22,5

18,75

15

11,25

7,5

3,75

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Americano F.I.Q.-WTBA y Copa Mundial AMF, Juegos Mundiales.

37.5

31.5

27

24

21

18

15

13.5

X

X

X

X

X

X

X

X

Juegos Centroamericanos (ODECABE)

27

24

21

18

15

12

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonatos Nacionales F.V.B. y Torneo de Selección Nacional

37.5

31.5

27

24

21

18

15

13.5

12

10.5

9

7.5

6

4.5

3

1.5

Campeonatos Mundiales F.I.Q.-WTBA

60

56,25

52,5

48,75

45

42,25

37,5

33,75

30

26,25

22,5

18,75

15

11,25

7,5

3,75


ARTICULO 55º: La Junta Directiva de la F.V.B. determinará las distinciones del Jugador(a) Destacado del Año ( 2ª Categ.), Jugador(a) Juvenil del Año (Sub-12, Sub-16 y Sub-20), Jugador(a) Sénior Destacado del Año, Jugador(a) Súper Sénior Destacado del Año y Selección Nacional Juvenil, Sénior y Súper Sénior, como se especifica a continuación:

a) Jugador(a) Destacado del Año  2ª Categoría.

b) Selección Nacional y Jugador(a) Juvenil del Año (Sub-12, Sub-16 y Sub-20).

c) Selección Nacional y Jugador(a) Sénior del Año.

d) Selección Nacional y Jugador(a) Súper Sénior del Año.

i. Jugador(a) Destacado del Año 2ª Categoría:

Para efectos de la designación del Jugador(a) Destacado(a) del Año, se consideran dos (2) distinciones, que corresponden a las siguientes divisiones:

Segunda Femenino

Segunda Masculino

Las Puntuaciones se otorgarán a los jugadores(as) que ocupen los dieciséis (16) primeros lugares en su respectiva división en los Torneos Nacionales Oficiales aprobados por la Asamblea General y en el Campeonato Nacional.

La puntuación que se utilizará para el Jugador(a) Destacado(a) del Año será la que se especifica a continuación:

JUGADOR(A) DESTACADO(A) 2ª CATEGORIA DEL AÑO (100%)

Eventos / Posición

10º

11º

12º

13º

14º

15º

16º

Torneo Nacional

25

21

18

16

14

12

10

9

8

7

6

5

4

3

2

1

Campeonato Nacional y Torneo de Selección Nacional

50

42

36

32

28

24

20

18

16

14

12

10

8

6

4

2

En los Torneos Oficiales y/o Campeonato Nacional en los cuales se juegue la final mediante un Round Robin o Cascada y los jugadores(as) obtengan figuración en ambas modalidades (Todo Evento y Final de Maestros –Round Robin o Cascada), se le computarán los puntos obtenidos en una sola de ellas, la que le resulte más favorable al jugador(a). En la modalidad Todo Evento solo obtendrán el 75% de la puntuación de la Tabla del Ranking Nacional, según se especifica a continuación:

TODO EVENTO JUGADOR(A) DESTACADO(A) 2ª CATEGORIA DEL AÑO (75%)

Eventos / Posición

10º

11º

12º

13º

14º

15º

16º

Torneo Nacional

18.75

15.75

13.5

12

10.5

9

7.5

6.75

6

5.25

4.5

3.75

3

2.25

1.5

0.75

Campeonato Nacional y Torneo de Selección Nacional

37.5

31.5

27

24

21

18

15

13.5

12

10.5

9

7.5

6

4.5

3

1.5


ii. Selección Nacional y Jugador(a) Juvenil del Año:

(Sub-12, Sub-16 y Sub-20)

Selección Nacional:

La F.V.B. convocará el o los Torneos de Selección Nacional Juvenil para conformar el (los) equipo (s) que representará (n) al país en los eventos internacionales en los cuales participarán los jugadores(as) de la categoría Juvenil, de acuerdo a lo tipificado en el Artículo 29º numeral b, de este Reglamento, conforme a la edad establecida en las condiciones de participación de la Competencia Internacional para la cual hayan sido convocados el o los Torneos de Selección Nacional Juvenil.

Podrán intervenir en el referido clasificatorio todos los jugadores(as) de la categoría Juvenil que hayan participado en por lo menos dos (2) torneos y/o Campeonato Nacional, en el año calendario (Enero – Diciembre) previo al Torneo de Selección Nacional Juvenil.

Jugador(a) Juvenil del Año:

Para efectos de la designación del Jugador(a) Juvenil del Año, se consideran tres (3) distinciones que corresponden a las siguientes categorías:

Jugador(a) Juvenil del Año – Sub-12

Jugador(a) Juvenil del Año – Sub-16

Jugador(a) Juvenil del Año – Sub-20

El sistema de puntuación que regirá para la designación de los Jugadores(as) Juveniles del Año será el logrado por los jugadores(as) en los Torneos y Campeonatos Nacionales Oficiales, e Internacionales, según las condiciones específicas de cada torneo de acuerdo al siguiente cuadro:

Eventos / Posición

10º

11º

12º

13º

14º

15º

16º

Torneos Nacionales

25

21

18

16

14

12

10

9

8

7

6

5

4

3

2

1

Torneo de las Américas

25

21

18

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Centroamericano y del Caribe (CONCECABOL)

25

21

18

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Suramericano

28

24

21

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Americano Juvenil F.IQ.

36

32

28

24

20

16

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Nacional y Torneo de Selección Nacional

50

42

36

32

28

24

20

18

16

14

12

10

8

6

4

2

Campeonatos Mundiales Juvenil F.I.Q.-WTBA

80

75

70

65

60

55

50

45

40

35

30

25

20

15

10

5

En los Torneos y/o Campeonatos Nacionales Oficiales en los cuales se juegue la final mediante un Round Robin o Cascada y los jugadores(as) obtengan figuración en ambas modalidades (Todo Evento y Final de Maestros -Round Robin o Cascada), se le computarán los puntos obtenidos en una sola de esas modalidades la que le resulte más favorable al jugador(a). En la modalidad Todo Evento, solo obtendrán el 75% de la puntuación de la tabla del Ranking Nacional Juvenil, según se especifica a continuación:

TODO EVENTO 75% JUGADOR(A) JUVENIL DEL AÑO (SUB-12, SUB-16 Y SUB-20)

Eventos / Posición

10º

11º

12º

13º

14º

15º

16º

Torneos Nacionales

18.75

15.75

13.5

12

10.5

9

7.5

6.75

6

5.25

4.5

3.75

3

2.25

1.5

0.75

Torneo de las Américas

18,75

15.75

13.5

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Centroamericano (CONCECABOL)

18,75

15.75

13.5

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Suramericano

21

18

15,75

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Americano Juvenil F.I.Q.

27

24

21

18

15

12

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Nacional y Torneo de Selección Nacional

37.5

31.5

27

24

21

18

15

13.5

12

10.5

9

7.5

6

4.5

3

1.5

Campeonatos Mundiales F.I.Q.-WTBA

60

56,25

52,5

48,75

45

42,25

37,5

33,75

30

26,25

22,5

18,75

15

11,25

7,5

3,75


iii. Selección Nacional y Jugador(a) Sénior del Año:

Selección Nacional:

La F.V.B. convocará al Torneo de Selección Nacional Senior para conformar el (los) equipo (s) que representará(n) al país en los eventos internacionales en los cuales participarán los jugadores(as) de la categoría Senior, de acuerdo a lo tipificado en el Artículo 29º literal a.3, de este Reglamento, conforme a la edad establecida en las condiciones de participación de la Competencia Internacional para la cual haya sido convocado el o los Torneos de Selección Nacional Senior.

Podrán intervenir en el referido clasificatorio todos los jugadores(as) de la categoría Senior que hayan participado en por lo menos dos (2) torneos y/o Campeonato Nacional, en el año calendario (Enero – Diciembre) previo al Torneo de Selección Nacional Senior.

Jugador(a) Senior del Año

El sistema de puntuación que regirá para la designación de los jugadores(as) Sénior del Año, será el logrado por los jugadores(as) en los Torneos y Campeonatos Nacionales Oficiales y eventos Internacionales, de la categoría Senior, realizadas en el año calendario respectivo (Enero a Diciembre) en las modalidades de Todo Evento y Round Robin o Cascada, según las condiciones específicas de cada torneo de acuerdo al siguiente cuadro:

JUGADOR(A) SENIOR DEL AÑO 100%

Eventos / Posición

10º

11º

12º

13º

14º

15º

16º

Torneos Nacionales

25

21

18

16

14

12

10

9

8

7

6

5

4

3

2

1

Torneo de las Américas

25

21

18

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Centroamericano y del Caribe (CONCECABOL)

25

21

18

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Suramericano

28

24

21

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Nacional y Torneo de Selección Nacional

50

42

36

32

28

24

20

18

16

14

12

10

8

6

4

2

Campeonato Americano F.I.Q.

50

42

36

32

28

24

20

18

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonatos Mundiales F.I.Q.-WTBA

80

75

70

65

60

55

50

45

40

35

30

25

20

15

10

5

En los Torneos y/o Campeonatos Nacionales Oficiales en los cuales se juegue la modalidad Round Robin y los jugadores(as) obtengan figuración en ambas modalidades (Todo Evento y Round Robin o Cascada), se le computarán los puntos obtenidos en una sola de esas modalidades la que le resulte más favorable al jugador(a). En la modalidad Todo Evento, solo obtendrán el 75% de la puntuación de la tabla del Ranking Nacional Senior, según se especifica a continuación:

TODO EVENTO 75% JUGADOR(A) SENIOR DEL AÑO

Eventos / Posición

10º

11º

12º

13º

14º

15º

16º

Torneos Nacionales

18.75

15.75

13.5

12

10.5

9

7.5

6.75

6

5.25

4.5

3.75

3

2.25

1.5

0.75

Torneo de las Américas

18,75

15.75

13.5

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Centroamericano (CONCECABOL)

18,75

15.75

13.5

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Suramericano

21

18

15,75

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Nacional y Torneo de Selección Nacional

37.5

31.5

27

24

21

18

15

13.5

12

10.5

9

7.5

6

4.5

3

1.5

Campeonato Americano F.I.Q.

37.5

31.5

27

24

21

18

15

13.5

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonatos Mundiales F.I.Q.-W.T.B.A.

60

56,25

52,5

48,75

45

42,25

37,5

33,75

30

26,25

22,5

18,75

15

11,25

7,5

3,75


iv. Selección Nacional y Jugador(a) Súper Sénior del Año:

Selección Nacional:

La F.V.B. convocará al Torneo de Selección Nacional Súper Sénior para conformar el (los) equipo (s) que representará (n) al país en los eventos internacionales en los cuales participarán los jugadores(as) de la categoría Súper Sénior, de acuerdo a lo tipificado en el Artículo 29º literal a.3, de este Reglamento, conforme a la edad establecida en las condiciones de participación de la Competencia Internacional para la cual haya sido convocado el o los Torneos de Selección Nacional Súper Sénior.

Podrán intervenir en el referido clasificatorio todos los jugadores(as) de la categoría Súper Sénior que hayan participado en por lo menos dos (2) torneos y/o Campeonato Nacional, en el año calendario (Enero – Diciembre) previo al Torneo de Selección Nacional Súper Sénior.

Jugador(a) Súper Sénior del Año

El sistema de puntuación que regirá para la designación de los jugadores(as) Sénior del Año, será el logrado por los jugadores (a) en los Torneos y Campeonatos Nacionales Oficiales y eventos Internacionales, de la categoría Súper Sénior, realizadas en el año calendario respectivo (Enero a Diciembre) en las modalidades de Todo Evento y Round Robin o Cascada, según las condiciones específicas de cada torneo de acuerdo al siguiente cuadro:

JUGADOR(A) SÚPER SÉNIOR DEL AÑO 100%

Eventos / Posición

10º

11º

12º

13º

14º

15º

16º

Torneos Nacionales

25

21

18

16

14

12

10

9

8

7

6

5

4

3

2

1

Torneo de las Américas

25

21

18

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Centroamericano y del Caribe (CONCECABOL)

25

21

18

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Suramericano

28

24

21

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Nacional y Torneo de Selección Nacional

50

42

36

32

28

24

20

18

16

14

12

10

8

6

4

2

Campeonato Americano F.I.Q.

50

42

36

32

28

24

20

18

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonatos Mundiales F.I.Q.-W.T.B.A.

80

75

70

65

60

55

50

45

40

35

30

25

20

15

10

5

En los Torneos y/o Campeonatos Nacionales Oficiales en los cuales se juegue la modalidad Round Robin y los jugadores(as) obtengan figuración en ambas modalidades (Todo Evento y Round Robin o Cascada), se le computarán los puntos obtenidos en una sola de esas modalidades la que le resulte más favorable al jugador(a). en la modalidad Todo Evento, solo obtendrán el 75% de la puntuación de la tabla del Ranking Nacional Súper Sénior, según se especifica a continuación:

TODO EVENTO 75% JUGADOR(A) SÚPER SÉNIOR DEL AÑO

Eventos / Posición

10º

11º

12º

13º

14º

15º

16º

Torneos Nacionales

18.75

15.75

13.5

12

10.5

9

7.5

6.75

6

5.25

4.5

3.75

3

2.25

1.5

0.75

Torneo de las Américas

18,75

15.75

13.5

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Centroamericano (CONCECABOL)

18,75

15.75

13.5

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Suramericano

21

18

15,75

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonato Nacional y Torneo de Selección Nacional

37.5

31.5

27

24

21

18

15

13.5

12

10.5

9

7.5

6

4.5

3

1.5

Campeonato Americano F.I.Q.

37.5

31.5

27

24

21

18

15

13.5

X

X

X

X

X

X

X

X

Campeonatos Mundiales F.I.Q.-W.T.B.A.

60

56,25

52,5

48,75

45

42,25

37,5

33,75

30

26,25

22,5

18,75

15

11,25

7,5

3,75


CAPITULO VI

DE LOS CAMPEONATOS Y TORNEOS NACIONALES

ARTICULO 56º: Los Campeonatos y Torneos se regirán por este Reglamento, de conformidad con lo previsto en el Artículo 3º literales a) y d) del Estatuto de la F.V.B.

ARTICULO 57º: La Junta Directiva de la F.V.B. organizará y dirigirá los Campeonatos Nacionales, Torneo Nacional Apertura y Torneo Aniversario, las Juntas Directivas de las Asociaciones Sedes organizarán y dirigirán los Torneos Nacionales respectivos, debidamente supervisados por la F.V.B. Las Asociaciones Sedes de un Torneo Nacional deberán cancelar a la F.V.B. lo que disponga la Tabla de Cotizaciones por cada jugador(a) participante, más los gastos de alojamiento, alimentación, transporte externo e interno y viáticos de bolsillo del Técnico(a) en Mantenimiento de Pistas. Asimismo asumirá el costo del equipamiento de la máquina de mantenimiento de pistas a utilizarse en el Torneo Nacional y la medallería de premiación que se requiera. Igualmente la Asociación Sede diligenciará con la bolera la colaboración de un mecánico(a) quien asistirá al Técnico(a) en Mantenimiento de Pistas.

Parágrafo único:

En los casos de que una Asociación Sede manifieste la imposibilidad de asumir la organización y dirección de un Torneo Nacional, debido a cualquier circunstancia, dicha responsabilidad podrá ser asumida por la Junta Directiva de la F.V.B, si así lo considera conveniente, se realizará en la sede original, siempre y cuando las instalaciones están aptas para realizar dicho evento y el costo de las líneas sea razonable. Caso contrario, se podrá asignar una sede alterna.

ARTICULO 58º: Los Campeonatos y Torneos Oficiales se regirán por este Reglamento, por las Reglas de Juego de la F.I.Q.-WTBA.

ARTICULO 59º: Los Campeonatos y Torneos Nacionales se realizarán cada año en las sedes y fechas que hubiese asignado la Asamblea General Ordinaria, salvo lo dispuesto en el Artículo 40º de este Reglamento. Sin embargo, la Junta Directiva de la F.V.B. estará facultada para cambiar las sedes y/o fechas de los Campeonatos Nacionales y únicamente las fechas de los Torneos Nacionales, previa notificación a la Asociación Sede, debido a motivos de real justificación.

ARTICULO 60º: Los Campeonatos Nacionales Oficiales son las competencias de mayor jerarquía en cada categoría y en ellos podrá participar un (1) equipo representativo de cada Asociación afiliada, así como todos los jugadores(as) que lo deseen integrando equipos patrocinados o autofinanciados, siempre y cuando pertenezcan a la categoría que corresponda al Campeonato Nacional, hubiesen participado en dos (2) Torneos Nacionales Oficiales para 2ª categoría y en un (1) Torneo Nacional Oficial para 1ª categoría, en ese año calendario y cumplan con los requisitos exigidos en este Reglamento y en el Reglamento interno de las respectivas Asociaciones. Dichos equipos estarán conformados por un máximo de seis (6) jugadores(as), quienes deberán vestir, en todas las modalidades, y en el o los actos de premiación, el uniforme oficial de su Entidad.

Parágrafo 1:

Los Campeonatos Nacionales deberán programarse, en lo posible, como el último evento del calendario nacional de cada categoría.

Parágrafo 2:

En caso de que un jugador (a) se transfiera de Asociación y desee participar en el Campeonato Nacional con su nueva Entidad, bien sea en el equipo oficial o en uno particular, deberá haber culminado completamente los trámites de transferencia con al menos sesenta (60) días continuos de antelación al inicio del evento y haber cumplido con las exigencias de la F.V.B. previstas en el presente artículo y con la normativa estipulada en el Reglamento interno de la Asociación receptora de su transferencia. Caso contrario lo podrá jugar únicamente de manera individual.

Parágrafo 3:

Las Asociaciones validarán la inscripción e intervención de sus afiliados (as) en el Campeonato Nacional mediante la firma de la planilla correspondiente y su consignación ante la F.V.B., órgano que confirmará la inscripción una vez verifique que cumplan con los requisitos federativos previstos en el presente artículo.

ARTICULO 61º: En los Torneos y Campeonatos Nacionales los jugadores(as) que tengan que jugar complementarios por no integrar el equipo en determinada modalidad, así como todos aquellos que participen individualmente, lo harán por separado al ritmo de las respectivas modalidades, pero sus resultados sólo serán válidos para optar al Título de Campeón Individual, Campeón Nacional y el de la modalidad por equipo en que puedan competir.

ARTICULO 62º: En las modalidades de Parejas, Ternas (en equipos de seis jugadores(as)) y Cuartas, un jugador(a) que ha comenzado un evento no podrá ser reemplazado. En caso de que un jugador(a) lesionado se vea en la necesidad de abandonar el juego, los jugadores(as) restantes del equipo deberán continuar con sus juegos para optar al Todo Evento.

Parágrafo 1:

En la modalidad de Ternas (Equipos de cuatro (4) jugadores(as)) un equipo podrá cambiar un (1) jugador(a) al comienzo del segundo bloque de juegos únicamente y en la modalidad de Quintas (Equipos de seis(6) jugadores(as)) sólo podrá realizarse sustitución de un (1) jugador(a) al finalizar el segundo juego de las cuatro (4) líneas continuas.

Parágrafo 2:

En la modalidad de Ternas (Equipos de cuatro jugadores(as)) la cual requiere dos (2) bloques de juegos, sólo se permitirán cambios de alineación al inicio del 2do bloque.

ARTICULO 63º: Los jugadores(as) extranjeros no podrán participar en los Campeonatos Nacionales, solo podrán participar en los Torneos Nacionales de la siguiente manera: Sólo podrán participar e integrar los equipos hasta un máximo del cincuenta por ciento (50%) de dichos jugadores(as) en cada una de las modalidades.

ARTICULO 64º: Para los Torneos de carácter nacional, los jugadores(as) extranjeros(as) gozarán de los mismos derechos establecidos para los jugadores(as) venezolanos(as), salvo lo dispuesto en el Capítulo VI (De la Selección Nacional) de este Reglamento y el Artículo anterior.

ARTICULO 65º: La F.V.B. tendrá la potestad de verificar la actividad interna de las Asociaciones a los fines de promover el desarrollo regional de la disciplina, aspecto que podrá tomar en consideración para aceptar la inscripción de las mismas en los Campeonatos Nacionales. A tal efecto, las Asociaciones están en la obligación de preparar un programa anual de actividades y de remitirlo a la FVB durante el primer trimestre de cada año, conjuntamente con el resumen correspondiente al año anterior, y deberán celebrar los Campeonatos o Torneos Oficiales Internos que programen en todas las Categorías durante cada año, salvo causa debidamente justificada.

ARTICULO 66º: Ningún juego o serie del Campeonato o Torneo Nacional podrá comenzar hasta que no sea ordenado por la autoridad correspondiente.

ARTICULO 67º: Los Delegados(as), Capitanes(as) y Entrenadores(as) de equipos deberán estar acreditados ante la F.V.B. y/o Junta Directiva de la Asociación Sede, mediante carta suscrita por el Presidente(a) y Secretario(a) General de la respectiva Asociación.

Parágrafo Unico:

El Presidente(a) de una Asociación es el Delegado(a) Nato, sin necesidad de la credencial correspondiente.

ARTICULO 68º: Los(as) Delegados(as) de equipos, Capitanes(as) o Entrenadores(as) debidamente acreditados ante la F.V.B. y/o Junta Directiva de la Asociación Sede, son las únicas personas autorizadas para hacer todo tipo de reclamaciones, las cuales, cuando así lo determinen las autoridades del Torneo o Campeonato, deberán formularse por escrito dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la realización del juego en el cual se motivó la protesta. Asimismo deberá consignar ante las autoridades del Torneo o Campeonato una suma equivalente a cinco (5) unidades tributarias y, de cristalizar la protesta, se le reintegrará al Delegado(a) tal cantidad; en caso de que no fuere procedente dicha protesta, la cantidad en cuestión será confiscada e ingresará a los recursos de la FV.B. y/o de la Junta Directiva de la Asociación Sede.

ARTICULO 69º: Sólo podrán permanecer en el área de juego los jugadores(as) participantes y aquellos delegados(as), entrenadores(as) o capitanes(as) debidamente autorizados y uniformados en un máximo de uno por equipo de manera simultánea. Igualmente no se podrá fumar, comer, o ingerir otros líquidos que no sea agua durante la celebración de los partidos. Se prohibe a los jugadores(as) ingerir bebidas alcohólicas en el recinto de la competencia, mientras estén participando en la misma.

ARTICULO 70º: Los gastos de transporte, alojamiento y alimentación que ocasionen los jugadores(as) que intervienen en los Campeonatos y Torneos Nacionales, correrán por cuenta de los propios jugadores(as) o de las Asociaciones respectivas, según los convenios a que hubiesen llegado. Los gastos generales en que incurran los integrantes de los equipos patrocinados o autofinanciados, correrán por cuenta de los propios jugadores(as) o de sus respectivos patrocinantes.

ARTICULO 71º: Los gastos que ocasionen el uso de las canchas en los Campeonatos y Torneos Nacionales correrán por cuenta de la F.V.B. o de la Asociación que organiza el Torneo.

ARTICULO 72º: En los Torneos y/o Campeonatos Nacionales no podrán participar equipos patrocinados formados por jugadores(a) de diferentes entidades, salvo aquellos que se encuentren solos en su categoría en su respectiva Entidad y sean autorizados expresamente y con anticipación por la F.V.B., manteniendo dichos jugadores(as) los mismos derechos de participación que el resto de los integrantes de equipos patrocinados o autofinanciados.

ARTICULO 73º: Las Asociaciones que aspiren obtener las Sedes de los Torneos Nacionales en sus estados, deberán garantizar doce (12) canchas como mínimo y las que aspiren obtener las Sedes de los Campeonatos Nacionales en sus estados, deberán garantizar veinte (20) canchas como mínimo, en ambos casos en buenas condiciones de mantenimiento, así como presentar un presupuesto razonable en el costo de líneas y anotadores, y mantener los locales de competencia en aceptables condiciones ambientales, a cuyos efectos la F.V.B., o a quien delegue, supervisará las condiciones generales de la bolera y el referido presupuesto con la debida antelación, exigiendo los correctivos correspondientes, de ser el caso.

Parágrafo Unico:

Con el objeto de obtener o mantener las sedes de un Torneo Nacional dentro del calendario oficial de la F.V.B., las Asociaciones deberán participar con equipos oficiales completos en un mínimo de cinco (5) Torneos Nacionales, durante el año calendario previo a la celebración de la Asamblea de Asociaciones que aprobará el calendario respectivo. Caso contrario las Asociaciones perderán las sedes de sus eventos para los años subsiguientes. Pudiendo volver a solicitar las sedes para sus torneos, una vez cumplido con lo establecido en este Parágrafo único.

ARTICULO 74º: Las Asociaciones Sedes de Campeonatos y Torneos Nacionales no tendrán la obligación de entregar premiaciones extraoficiales, a fin de hacerles menos onerosa su organización.

Sin embargo, están autorizadas para entregar premios especiales para estimular una mayor concurrencia de equipos y como incentivos a las actuaciones destacadas de los equipos y jugadores(as).

ARTICULO 75º: Las Asociaciones Sedes tienen la obligación de proporcionar, dentro de sus posibilidades, toda clase de facilidades a las Junta Directiva de la F.V.B. y a los Comités Organizadores, para la óptima realización de los Campeonatos y Torneos Nacionales.

ARTICULO 76º: Las Asociaciones Sedes de Campeonatos y Torneos Nacionales deberán garantizar, en caso de requerirse:

  1. Suficiente personal de colaboradores para desempeñar funciones de Jueces(as) de Línea, Anotadores(as), Auxiliares de Recopilación, Oficiales de Campeonatos o Torneos, jugadores(as) no participantes de ambos sexos para completar las modalidades con vacantes, y en el caso de requerirse, señoritas que puedan servir de madrinas a los equipos participantes.
  2. Local apropiado para efectuar los Congresillos Técnicos, en el caso de realizarse.
  3. Local apropiado para oficina de la F.V.B., equipado preferiblemente con computadora, impresoras dotadas con papel y cartuchos de tinta, y operario(a), calculadora, papeles de oficina, fotocopiadora telefax, así como otros artículos de escritorio indispensables.
  4. Equipo de sonido en perfecto estado de funcionamiento en el local donde habrán de celebrarse los actos de inauguración y clausura, así como también el o los Himnos Nacionales de: República Bolivariana Venezuela, Deporte y Estatal.
  5. Las Asociaciones Sedes de los Torneos y/o Campeonatos Nacionales deberán garantizar el podio de premiación y las banderas, tanto la Nacional como la de su Entidad Federal.

ARTICULO 77º: Las Asociaciones Sedes procurarán, si lo creen conveniente y dentro de sus posibilidades, informar y conseguir descuentos a las Delegaciones o Entidades sobre hoteles, transporte, restaurantes, etc.

ARTICULO 78º: A la Asociación Sede se le dará preferencia para que su equipo oficial participe en los Juegos Inaugurales de los Campeonatos y Torneos Nacionales.

ARTICULO 79º: La Junta Directiva de la F.V.B. se reserva el derecho de elaborar el Programa y Calendario de Juego en todos los Campeonatos y Torneos propios de la F.V.B., en divisiones de Mayores, Menores Sénior y Súper Sénior. Asimismo las Asociaciones Sedes de los Torneos Nacionales Oficiales elaborarán los Programas y Calendarios de Juego respectivos, debiendo ser aprobados previamente por la F.V.B. y modificarlos cuando sea necesario, si ello favoreciere el mejor desarrollo de las competencias.

ARTICULO 80º: La Junta Directiva de la F.V.B. o sus representantes, podrán autorizar la terminación o realización de partidos o series en fechas o canchas distintas a las señaladas en el Calendario Oficial, cuando surgieren problemas, desperfectos o inconvenientes en las instalaciones y/o por causa de fuerza mayor. En todo caso las modalidades o juegos realizados tendrán toda su validez y los partidos no concluidos deberán continuarse a partir del punto de su interrupción.

Parágrafo 1:

En caso de que se produzca una falla técnica en el sistema computarizado de los tele-scores y los resultado no puedan ser recuperados, y tampoco se pueda recuperar a través de los jugadores(as) participantes, se jugará la línea completa inmediatamente o al finalizar la modalidad.

Parágrafo 2:

Los delegados y/o capitanes de los equipos deberán entregar las planillas oficiales de anotación a la persona encargada de recibirlas. En caso de extravío de la planilla oficial de anotación y no pudiendo recuperarse los resultados de cada una de las líneas, se le colocará cero (0) en las líneas de los jugadores(as) involucrados en la planilla extraviada.

ARTICULO 81º: Los Torneos y Campeonatos Nacionales se jugarán en las

modalidades que señalen las condiciones oficiales y de acuerdo con las disponibilidades de canchas que ofrezcan las Sedes.

ARTICULO 82º: Todas las modalidades en los Campeonatos y Torneos Nacionales se jugarán a pines derribados exceptuando los Round Robin, en los cuales se le adicionará a cada competidor los bonos obtenidos por partido ganado o empatado.

ARTICULO 83º: Las solicitudes de inscripción serán hechas y enviadas por las Asociaciones preferiblemente en formularios de la F.V.B., tanto para el equipo representativo de la Entidad como para los equipos patrocinados o autofinanciados, en los plazos previstos para cada Campeonato o Torneo Nacional.

Parágrafo Unico:

La solicitud de inscripción deberá siempre estar acompañada con el pago total establecido en las Condiciones del Evento.

ARTICULO 84º: El número de jugadores(as) por Entidad o Equipo participante en Campeonatos Nacionales deberá coincidir con la modalidad establecida como máximo y un (1) jugador(a) como mínimo.

ARTICULO 85º: El valor de la inscripción y las premiaciones especiales para eventos nacionales deberán ser siempre indicados en las Condiciones del Torneo o Campeonato.

ARTICULO 86º: Los Campeonatos Nacionales de Categorías Menores y Sénior se efectuarán en las modalidades que la Junta Directiva de la F.V.B. considere conveniente, de acuerdo a las condiciones y desarrollo del bowling.

ARTICULO 87º: Para los Campeonatos y/o Torneos Nacionales de la División Menor y la División Senior, la F.V.B. podrá exigir a cada participante, en el momento de formular su inscripción, la presentación de la fotocopia de su Cédula de Identidad y podrá requerir, de considerarlo necesario, la presentación de la copia certificada de su partida de nacimiento, sin cuyo requisito no podrá participar en el evento.

ARTICULO 88º: Los procedimientos para desempates se regirán por las Reglas de la F.I.Q-WTBA vigentes.-

ARTICULO 89º: En los Campeonatos y Torneos Nacionales se jugarán las siguientes modalidades, de acuerdo a las condiciones de cada evento:

a) Modalidad Individual:

Abierto a todos los participantes en los Campeonatos Nacionales y por clasificación de acuerdo a la tabla de inscritos en cada evento con Final Individual, en los Torneos Nacionales. En ambos casos se jugarán seis (6) líneas, pero en el caso del Campeonato Nacional los jugadores(as) de un mismo equipo serán programados, preferiblemente, en tandas diferentes y en el caso de que coincidan en una misma tanda se tratará de ubicar, de ser posible, a dos (2) integrantes de cada equipo por pista.

b) Modalidad Parejas:

Se realizarán seis (6) juegos y las parejas de cada equipo se programarán en diferentes tandas, cuando sea posible.

c) Modalidad Ternas:

c.1. Campeonatos Nacionales:

Se realizarán seis (6) juegos y las ternas de cada equipo se programarán en diferentes tandas, cuando sea posible.

c.2. Torneos Nacionales:

Se realizaran cinco (5) juegos continuos.

d) Modalidad Cuartas:

Se jugarán cuatro (4) juegos.

e) Modalidad Quintas:

Se jugarán cuatro (4) juegos en una misma fecha. Sólo se permitirá reemplazo de un (1) jugador(a) al finalizar el segundo juego, ubicando al jugador(a) entrante en la misma posición del jugador(a) saliente, entendiéndose que no se permiten cambios adicionales de alineación en ningún momento. Los jugadores(as) complementarios de los equipos participantes y los jugadores(a) sueltos serán programados para conformar equipos que jugarán a igual ritmo y en el mismo horario que los demás participantes.

f) Modalidad Todo Evento:

f.1) En el Campeonato Nacional:

Se determinará de la sumatoria de pines derribados en las modalidades de Individual, Parejas, Ternas y Quintas.

f.2) En Torneos Nacionales:

Se determinará de la sumatoria de pines derribados en todas las modalidades que se jueguen en el Torneo, bien sea en 16 juegos en ocasión de ser con Final Individual, en 17 juegos si es con Final de Maestros (Round Robin) o 13 juegos si es con Final de Maestros (Cascada). En caso de que el Torneo prevea la modalidad de Final de Maestros (Round Robin), no se tomará en cuenta la bonificación respectiva, ni las líneas correspondientes a la Gran Final de Maestros (Escalera).

g) Modalidad Final Individual:

En los Torneos Nacionales Oficiales en cuyas Condiciones se programe esta modalidad para optar al título de Campeón Todo Evento, clasificarán los jugadores(as) bajo las siguientes condiciones:

g.1) Participarán solamente aquellos jugadores(as) que hayan acumulado la mayor cantidad de pines derribados en los juegos programados, en las distintas modalidades que se realicen antes de comenzar la modalidad Final Individual.

g.2) El número de jugadores(as) clasificados para la Final Individual dependerá de la cantidad total de participantes en el Torneo o Campeonato Nacional, de acuerdo al cuadro que se describe a continuación:

Total de Participantes

Número de Clasificados

Menor de 44 jugadores(as)

16 jugadores(as)

De 44 a 55 jugadores(as)

20 jugadores(as)

De 56 a 67 jugadores(as)

24 jugadores(as)

De 68 a 79 jugadores(as)

28 jugadores(as)

Mayor de 79 jugadores(as)

32 jugadores(as)


h) Modalidad Final de Maestros:

h.1) Campeonatos Nacionales 1ª Categoría y 2ª Categoría.

h.1.1) Estilo Round Robin:

Clasificarán los(as) dieciséis (16) jugadores(as) mejor ubicados(as) en el Todo Evento, después de finalizadas las modalidades previstas en las condiciones del Campeonato Nacional. Los jugadores(as) de 1ª Categoría formarán un solo grupo numerando a los jugadores(as) de acuerdo a su posición en el Todo Evento. Los jugadores(as) de 2ª Categoría formarán dos grupos de ocho (8) jugadores(as) agrupándolos en pares e impares de acuerdo a su posición en el Todo Evento

Se realizarán quince (15) juegos en dos (2) días para 1ª Categoría y siete (7) jugos en un día para 2ª Categoría, uno contra cada uno de los otros quince (15) competidores para 1ª Categoría, y de los otros siete competidores para 2ª Categoría.

Los jugadores(as) de 1ª categoría de un mismo equipo, competirán entre sí durante los siete (7) primeros juegos.

La clasificación final para la escalera se basará en el total de pines derribados en la totalidad de los quince (15) partidos para 1ª Categoría y siete (7) partidos para 2ª Categoría, más un bono de diez (10) pines por partido ganado y cinco (5) por partido empatado.

La Gran Final de Maestros estilo escalera se efectuará con los jugadores(as) ubicados(as) en los tres (3) primeros lugares al finalizar el Round Robin, que determinará el Campeón o Campeona Nacional, Subcampeón o Subcampeona Nacional y Tercer Lugar, bajo las condiciones de Final Escalera previstas en la reglamentación vigente de la F.I.Q.-WTBA y especificadas en las condiciones del Campeonato Nacional publicadas oportunamente por la Junta Directiva de la F.V.B

h.1.2) Estilo Cascada (Sistema Simple de Eliminación):

Clasificarán los (as) dieciséis (16) jugadores(as) mejor ubicados (as) en el Todo Evento, después de finalizadas las modalidades previstas en las condiciones del Campeonato Nacional. Los jugadores(as) de 1ª y 2ª categoría formarán un solo grupo numerando a los jugadores(as) de acuerdo a su posición en el Todo Evento. Se jugaran de la forma siguiente:

1ra. Etapa: Los(as) dieciséis (16) jugadores(as) jugaran tres (3) líneas a sumatoria, ubicados así: él numero 1 Vs. 16; 2 Vs. 15; 3 Vs. 14; 4 Vs. 13; 5 Vs. 12; 6 Vs. 11; 7 Vs. 10 y 8 Vs. 9. Los ganadores(as) pasan a la 2ª etapa y los perdedores(as) quedarán eliminados.

 2da. Etapa: Los ocho (8) ganadores jugarán tres (3) líneas en el mismo sistema de simple eliminación empezando de cero y ubicados así: según los mejores promedios, el 1 vs 8; 2 vs. 7; 3 vs. 6 y 4 vs 5. Los ganadores(as) pasan a la 3ra. Etapa y los perdedores(as) quedarán eliminados.

3ra. Etapa: Los cuatro (4) ganadores jugarán tres (3) líneas en el mismo sistema de simple eliminación empezando de cero y ubicados así: según los mejores promedios, 1 vs 4 y 2 vs. 3.

4ta. Etapa: Los ganadores(as) jugarán para obtener el Campeón Nacional y medalla de Oro y SubCampeón Nacional y medalla de Plata, Los perdedores(as) jugarán para obtener la medalla de Bronce y cuarto lugar. Todos jugarán tres (3) líneas.

CASCADA
EJEMPLO DEL SISTEMA SIMPLE DE ELIMINACIÓN
16 JUGADORES

h.2) En el caso de la División Juvenil y la División Sénior el número de clasificados lo determinará la F.V.B., una vez concluido el período de inscripción.

h.3) Torneos Nacionales:

h.3.1. Primera Categoría:

h.3.1.1. Etilo Cascada: Se jugara igual al literal de este mismo artículo.

h.3.1.2. Estilo Round Robin: Torneos Nacionales: (Únicamente para 1ª categoría) clasificarán dieciséis (16) jugadores(as) formándose dos grupos de ocho (8) competidores(as) cada uno, dependiendo de la ubicación en el Todo Evento de cada jugador(a) en posición par o impar, tomándose la previsión de que los(as) jugadores(as) de un mismo equipo compitan entre sí los cuatro (4) primeros juegos, realizándose siete (7) juegos, uno(a) contra cada uno(a) de los(as) otros(as) siete competidores (as) de cada grupo. La clasificación final para la escalera se basará en el total de pines derribados en cada uno de los siete (7) partidos, junto con un bono de diez (10) por cada partido ganado y cinco (5) por partido empatado.

La Gran Final de Maestros estilo escalera para determinar él(la) Campeón(a), Subcampeón(a) y Tercer lugar del Torneo, será efectuada con los(as) tres (3) mejores jugadores(as) de los dos grupos que conforman la Final de Maestros estilo Round Robin. En caso de que él(la) Campeón(a) Todo Evento en 17 líneas sin bonificación, no clasifique entre los(as) tres mejores jugadores(as), la escalera se conformará con cuatro (4) competidores(as) para lo cual dicho(a) Campeón(a) Todo Evento ocupará el cuarto 4to. lugar.

Si la Gran Final de Maestros estilo escalera fuere con tres (3) jugadores(as), el PRIMER MATCH enfrentara a los(as) competidores(as) ubicados(as) en 3er. y 2do. puesto y la GRAN FINAL será entre él(la) ganador(a) del primer match y él(la) competidor(a) que obtuvo el primer puesto de la clasificación, todo bajo las condiciones para Final Escalera previstas en el Reglamento vigente de la F.I.Q-W.T.B.A.

En caso que la Gran Final de Maestros estilo Escalera fuere con cuatro (4) jugadores(as), el PRIMER MATCH enfrentara a los(as) competidores(as) ubicados(as) en 3er. y 4to. puesto, el SEGUNDO MATCH entre él(la) ganador(a) del primer Match y él(la) jugador(a) clasificado(a) en el 2do. lugar y la GRAN FINAL entre él(la) ganador(a) del segundo Match y él(la) competidor(a) que obtuvo el 1er. puesto de la clasificación, igualmente bajo las condiciones previstas en las reglas de la F.I.Q-WTBA.

h.3.2. Segunda Categoría.

Final Individual

Parágrafo 1:

En virtud de que algunas Asociaciones sedes de Torneos Nacionales no disponen de instalaciones con el número adecuado de pistas requeridas para organizar eventos con Final de Maestros conjuntas en femenino y masculino, se determina lo siguiente:

  1. Los Torneos celebrados en instalaciones de doce (12) a dieciséis (16) pistas deberán ser con Final Individual o Final Cascada.
  2. Los Torneos celebrados en instalaciones de dieciocho (18) pistas o más deberán ser exclusivamente con Final de Maestros (Round Robin o Cascada).
  3. Los Torneos celebrados en instalaciones de veinticuatro (24) o más pistas tendrán la opción de Final de Maestros (Round Robin o Cascada) con dieciséis (16) clasificados(as) en ambos sexos o con dieciséis (16) en femenino y veinticuatro (24) en masculino, de acuerdo a la disponibilidad real de pistas y al criterio de la organización del torneo.

Parágrafo 2:

En el caso de utilizarse la opción de veinticuatro (24) jugadores clasificados en la división masculina, se formarán tres grupos de ocho (8) competidores cada uno, sobre la base de la tabla prevista al final del presente parágrafo, tomándose la previsión de enfrentar a los jugadores de un mismo equipo durante los primero cuatro (4) juegos, realizándose siete (7) juegos, uno contra cada uno de los otros siete competidores de cada grupo.

La clasificación final para la escalera para determinar el Campeón, Subcampeón y Tercer lugar del Torneo, será efectuada en idéntica forma a la utilizada con el formato de dieciséis (16) jugadores clasificados.

TABLA DE GRUPOS

GRUPO “A”

 GRUPO “ B”

 GRUPO “ C”

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

21

22

23

24

Parágrafo 3:

Los jugadores(as) que no clasifiquen para la Final Individual, Final de Maestros (Round Robin o Cascada) o Gran Final de Maestros (Escalera) llenarán las vacantes que puedan existir en el momento del registro previsto en el programa del Torneo o Campeonato Nacional para dichas modalidades. Las vacantes se ocuparán con los jugadores(as) no clasificados(as) que estén disponibles en ese momento y en el orden que culminó la clasificación. En caso de un empate entre dos o más jugadores(as) no clasificados(as) disponibles, la elección será por lo establecido en el Reglamento de la F.I.Q.-W.T.B.A.

Queda expresamente entendido que cualquier finalista que no se haya registrado en persona para la hora de registro prevista en el programa de competencia, se considerará vacante y será reemplazado de acuerdo a lo anteriormente expuesto, independientemente de que las prácticas para la competencia sufran un atraso por cualquier causa.

El programa con el horario de las modalidades Final Individual, Final de Maestros (Round Robin o Cascada) o Gran Final de Maestros (Escalera) deberá estar publicado en la cartelera oficial de la sede del Torneo o Campeonato Nacional, durante el desarrollo de todo el evento.

Aquel jugador(a) que haya clasificado y que sin causa justificada no se presente en la sede del torneo el día de la Final Individual, Final de Maestros (Round Robin o Cascada) o Gran Final de Maestros (Escalera), quedará automáticamente suspendido por el próximo torneo nacional de su categoría, dicha suspensión quedará exonerada si el jugador(a) paga una multa de 6 unidades tributarias.

ARTICULO 90º: Serán proclamados Campeones Nacionales los jugadores(as) venezolanos(as) que hubieren resultado ganadores(as) en la modalidad Final de Maestros en el respectivo Campeonato Nacional Oficial, según el Artículo 93º, literal h, de este Reglamento.

En los Torneos Nacionales Oficiales serán proclamados Campeones absolutos de la competencia los jugadores(as) que hubieren resultado ganadores(as) en las: a) modalidad Final de Maestros (Round Robin o Cascada), b) Modalidad Todo Evento. según el Artículo 93º, literal f, h11 y h12, de este Reglamento, según sea el caso.

ARTICULO 91º: Cuando un jugador(a) se presente después de iniciada la competencia se le permitirá su participación en ella, pero su puntuación comenzará a contarse desde la entrada que en ese momento estén jugando sus compañeros(as) de equipo o los jugadores(as) que se encuentran en las pistas en que le corresponda, excepción de la Final Individual, Final de Maestros (Round Robin o Cascada) o Gran Final de Maestros (Escalera), en las cuales se aplicará lo dispuesto en el Parágrafo 3 del Artículo 93.

ARTICULO 92º: El equipo que jugare un partido completo sin la totalidad de sus jugadores(as), se le computarán solo los juegos de los presentes, pero los jugadores(as) que compitieron podrán continuar los juegos programados en las modalidades por equipo que estén completos o complementarios al ritmo de cada modalidad, según sea el caso, y podrán optar a las premiaciones y títulos establecidos en las condiciones del evento dentro de las disposiciones reglamentarias.

ARTICULO 93º: Él(la) jugador(a) que irrespete a un Juez o una Autoridad del Evento será castigado(a) con suspensión de su participación en el evento y estará sujeto a la correspondiente sanción según la falta cometida. Sus anotaciones contarán únicamente hasta el momento de la suspensión.

ARTICULO 94º: Los(as) jugadores(as), las autoridades o cualquier persona relacionada con el evento que molesten en el desarrollo de un partido con ruidos inapropiados o con frases ofensivas o no cónsonas con la ética deportiva, serán debidamente sancionados.

ARTICULO 95º: Si la falta proviene del público, las Autoridades del Campeonato o Torneo están en el deber de advertir al mismo que la continua alteración del orden puede implicar la suspensión del partido, si fuere necesario. En este caso, se continuaría en la oportunidad que se fije al efecto, siendo válidas las entradas jugadas hasta el momento de la suspensión.

ARTICULO 96º: Todos los jugadores(as) inscritos en el Campeonato o Torneo Nacional o de Selección Nacional tendrán la obligación de jugar la totalidad de los partidos que les corresponda, salvo casos debidamente comprobados de lesión o enfermedad; en caso contrario serán sancionados(as).

ARTICULO 97º: El jugador(a) inscrito(a) que dejare de participar en la primera modalidad de un Torneo o Campeonato Nacional, se considerará fuera de competencia.

Parágrafo Unico:

El jugador(a) que dejare de participar en todos los juegos de una modalidad del Campeonato Nacional, luego de ya haber iniciado su participación en el evento mediante su intervención en una modalidad anterior, deberá presentar una causa debidamente justificada con por lo menos doce (12) horas de antelación al inicio de la tanda de la próxima competencia en que tenga previsto participar, con el objeto de que se considere la posibilidad de continuar en el evento. En caso de que el jugador(a) no presente excusa o la misma no sea justificada, podrá ser sancionado (a) a criterio de la Junta Directiva de la F.V.B.

ARTICULO 98º: Aquellos(as) jugadores(as), capitanes(as) o delegados(as) que alteren deliberadamente los resultados numéricos de una competencia Individual o por Equipos, serán sancionados(as).

ARTICULO 99º: En los Torneos y/o Campeonatos Nacionales se nombrará una Comisión Técnica, integrada por el(la) Delegado(a) Técnico de la F.V.B., el(la) Director(a) del Evento y un representante elegido entre los(las) Delegados(as) de las Asociaciones asistentes. Esta Comisión tendrá la responsabilidad de supervisión general del desarrollo del torneo.

En cada tanda de juegos, en todas las modalidades, se nombrará un(a) Delegado(a) del Día el cual deberá circular detrás del área de juego, observando que la competencia se esté desarrollando de conformidad con las reglas establecidas.

ARTICULO 100º: Si durante o después de la realización de un Torneo o Campeonato Nacional se llega a comprobar que una Entidad o Equipo incluyó en su representación a jugadores(as) que no pertenecen a la categoría del campeonato o no están afiliados a la Entidad o Federación, será descalificado(a) y sancionado(a).

ARTICULO 101º: La aplicación de la pena contemplada en el Artículo anterior lleva implícita la pérdida de todos los juegos donde hayan intervenido los(as) jugadores(as) inscritos indebidamente.

ARTICULO 102º: Después de comprobado lo establecido en el Artículo 104º de este Reglamento, la Asociación o Equipo descalificado, así como cada uno de los(as) jugadores(as) integrantes del equipo que la representaron, están obligados a devolver de inmediato a la Junta Directiva de la F.V.B. o a la Asociación Sede organizadora del Torneo, según sea el caso, todo lo recibido como premiación oficial y especial.

Las Entidades o Jugadores(as) que hayan ocupado los siguientes lugares a la Entidad o Equipo descalificado y también hayan recibido premios oficiales, deberán devolverlos a la F.V.B. o a la Asociación Sede organizadora del Torneo, a fin de fijar una fecha posterior y proceder a entregarlos de acuerdo con el orden legal en el cual finalizó la competencia. De no hacerlo, todos los implicados en este artículo serán sancionados.

ARTICULO 103º: La Junta Directiva de la F.V.B. otorgará los premios oficiales, tanto individuales como colectivos, a quienes ocupen el primero, segundo y tercer lugar en cada modalidad.

ARTICULO 104º: Con el propósito de incentivar a las Asociaciones y jugadores(as), se calificarán sus actuaciones de acuerdo a las puntuaciones establecidas en los Artículo 57º y 58º de este Reglamento, lo que permitirá optar a las Distinciones del Año de la F.V.B.

ARTICULO 105º: Las Asociaciones sólo obtendrán puntuación en los Campeonatos Nacionales en las diferentes divisiones, divisiones y categorías, y en los Torneos Nacionales válidos del Calendario Oficial de la F.V.B. aprobado en Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria. Sólo obtendrán puntos para la Asociación los equipos que la representen oficialmente y en las modalidades: Individual, Parejas, Ternas, Cuartas, Quintas, Final Individual, Todo Evento y Final de Maestros (Round Robin o Cascada). En cada caso se multiplicará el número de puntos obtenidos según la posición, por el número de jugadores(as) que intervinieron en la modalidad y por el número de partidos jugados en la misma.

Para determinar el RANKING de ENTIDADES se tomará el puntaje siguiente:

EVENTOS

PUNTOS

10º

Torneos Nacionales

20

16

12

9

7

5

4

3

2

1

Campeonatos Nacionales

30

24

18

13.5

10.5

7.5

6

4.5

3

1.5

Formula para el Calculo: P  =  Pp. x Nj x Pj

Definición:

P = Puntaje General

Pp. = Puntos por posición obtenida

Nj. = Números de jugadores(as)

Pj.  = Partidos jugados               

EJEMPLO DE CALCULO PARA TORNEOS NACIONALES:

Modalidad de Cuarta: 1er. Lugar = Puntos por posición (Pp.): 20

Números de jugadores(as) (Nj.): 4

Partidos jugados (Pj.): 4

P = 20 x 4 x 4 = 320 puntos

Modalidad de Parejas: 1er. Lugar = Puntos por posición (Pp.): 20

Números de jugadores(as) (Nj.): 2

Partidos jugados (Pj.): 6  

P = 20 x 2 x 6 = 240 puntos

Modalidad Individual: 1er. Lugar = Puntos por posición (Pp.): 20

Números de jugadores(as) (Nj.): 1

Partidos jugados (Pj.): 6  

P = 20 x 1 x 6 = 120 puntos

Modalidad Todo Evento: 1er. Lugar = Puntos por posición (Pp.): 20

Números de jugadores(as) (Nj.): 1

Partidos jugados (Pj.): 16

P = 20 x 1 x 16 = 320 puntos


CAPITULO VII

DE LOS RÉCORDS NACIONALES

ARTICULO 106º: De conformidad con lo previsto en los Estatutos de la F.V.B. los récords nacionales se regirán por el presente Reglamento.

ARTICULO 107º: La Junta Directiva de la F.V.B., reconocerá y asentará en el Registro que lleve al efecto, los récords nacionales que fuesen establecidos.

ARTICULO 108º: La Junta Directiva de la F.V.B. comunicará oficialmente a las Asociaciones los récords que se implanten durante los Torneos y Campeonatos Nacionales.

ARTICULO 109º: Serán reconocidos como Récords Nacionales los que se implanten en Competencias Nacionales Oficiales aprobados en Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, organizados por la F.V.B. o por las Asociaciones Sedes de los Torneos Nacionales y los que establecieren los jugadores(as) y equipos venezolanos(as) en Competencias Internacionales Oficiales en representación de Venezuela.

ARTICULO 110º: Las únicas competencias válidas para reconocer las marcas establecidas como récords nacionales son: Los Campeonatos Nacionales, los Torneos Nacionales, el Torneo de Selección Nacional y las competencias Internacionales Oficiales, siempre que fueren llenados los requisitos de los Estatutos de la F.V.B. y de este Reglamento.

ARTICULO 111º: No se reconocerán como récords nacionales las marcas que se establecieren en las competencias válidas a que se refiere el artículo anterior, en los casos siguientes:

  1. En competencia de equipos, cuando sus integrantes pertenecieren a diferentes Categorías o Entidades.
  2. En los juegos de desempate.

ARTICULO 112º: Los récords nacionales reconocidos serán registrados en la 1ª categoría por los equipos o jugadores(as) que los hubieren establecido.

ARTICULO 113º: La Junta Directiva de la F.V.B. reconocerá a los equipos y jugadores(as) que establecieren nuevos récords nacionales en las siguientes modalidades:

  1. Un juego - Individual y para todas las series
  2. Cuatro juegos - Individual y para todas las series
  3. Seis juegos - Individual y para todas las series
  4. Ocho juegos - Individual y para todas las series
  5. Diez juegos - Individual y para todas las series
  6. 22 juegos - Individual Todo Evento
  7. 17 juegos - Individual Todo Evento
  8. 13 juegos - Individual Todo Evento
  9. Final de Maestros Round Robin: Marca alta de puntuación para siete (7) o quince (15) juegos en los partidos ganados neto y con bonificación obtenida.
  10. Gran Final de Maestros: Puntuación individual Escalera de un (1) juego.
  11. Final de Maestros Cascada: Marca alta de puntuación para tres (3) juegos.

Parágrafo Unico:

El Registro de récords se llevara a partir del momento en que entren en vigencia este reglamento, ya que no hay Registros Oficiales de Récords Nacionales.

CAPITULO VIII

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

ARTICULO 114º: Aquellas disposiciones contenidas en el Reglamento derogado de la Federación Venezolana de Bowling en Asamblea General Extraordinaria de fecha 24 de Enero del 2011, que constituyan logros alcanzados y en proceso de consecución por los jugadores(as), continuarán aplicándose y tendrán validez hasta el 31 de Diciembre del 2011.

Parágrafo Unico:

Las disposiciones estipuladas en el artículo 51del Reglamento de la Federación Venezolana de Bowling derogado en Asamblea General Extraordinaria el 24 de enero de 2011, se mantendrán en vigencia para los tres primeros lugares del ranking nacional 2010.

ARTICULO 115º: Las Asociaciones están en él deber de informar a todos sus jugadores(as) y de cumplir y hacer cumplir las disposiciones contenidas en este Reglamento.

ARTICULO 116º: Lo no contemplado en este Reglamento será resuelto por la Junta Directiva de la F.V.B., de conformidad con la Ley del Deporte y su Reglamento, los Estatutos y otros Reglamentos de la F.V.B. y el Reglamento de Juegos de la F.I.Q.-W.T.B.A., que sean aplicables a la materia.

ARTICULO 117º: El presente Reglamento entra en vigencia el 25 de Enero del año 2011 y regirá todo lo concerniente al bowling nacional a partir de este momento. Se derogan el Reglamento promulgado con fecha 01 de Febrero de 2005 y aquellas disposiciones de los otros Reglamentos y Resoluciones que colindan con el presente Reglamento, salvo lo estipulado en el Artículo 118º de este Reglamento mientras dure su transitoriedad.

DELEGADOS PARTICIPANTES DE LAS ASOCIACIONES DE BOWLING

ASOCIACION           DELEGADO             FIRMA

Estado Anzoátegui    Patricia De Faria     ____________________

Estado Aragua           Alí Fung S.         ____________________

Estado Carabobo           Nazira Gazui       ____________________

Distrito Capital           Ruth Arismendi       ____________________

Estado Guárico            Alexis Bermúdez       ____________________

Estado Mérida            Carmen Parra       ____________________

Estado Miranda           Pedro Díaz         ____________________

Estado Monagas           José Mata         ____________________

Estado Táchira            Antonio Ochoa       ____________________

Estado Vargas           Ivette González de Ching ____________________